-¿Cuáles serían esas excepciones?
-La jurisprudencia internacional especifica claramente que si debido al pago de la deuda no se pueden garantizar los derechos mínimos de sus ciudadan@s no habría por qué pagar esa deuda. En el derecho comercial también hay mecanismos para que la deuda quede en suspenso. Si una parte le impone a otra condiciones perjudiciales ese acuerdo puede calificarse como nulo. O para que un acuerdo sea legal debe se libre, tiene que partir de la autonomía que te da la libertad para suscribirlo. Un acuerdo firmado mediante el chantaje no es legal, porque no hay libertad para decidir.
Cuando no se cumplen los mínimos democráticos legales, cuando los créditos firmados por los estados han servido para vulnerar derechos económicos y sociales, y los acreedores pasivos sabían que todo esto sucedería, se cumplen todos los requisitos para que esa deuda sea ilegal.
-Algunos países se han negado ya a pagar la deuda.
-Si, y frente a las mentiras, amenazas y chantajes, la realidad es la siguiente: esos países han demostrado que es posible no pagar la deuda y mejorar la situación económica en beneficio de la población. Pondré dos ejemplos: Ecuador y Argentina. Argentina se ha negado a pagar al Club de Paris, pero las grandes potencias de occidente tratan de esconder este tema para evitar este efecto dominó. En Europa también está el caso de Islandia. Es posible no pagar la deuda. Es más: sólo podremos salir de la actual coyuntura cuando los estados se nieguen a pagar esa parte de la deuda que, además de ilegítima, es ilegal.
Fuente: landeia
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