En el programa de hoy han intervenido D. Miguel Gómez y D. Jesús Murciego.
¿Cómo se puede llamar "Constitución" a un texto que no constituye absolutamente nada y que es redactado en secreto por un poder ya constituido? ¿es que un poder constituido puede ser constituyente?


En España, en 1978, no sólo no hubo unas Cortes Constituyentes, es que
ni siquiera la redacción de esas leyes fundamentales a las que han hecho
llamar "Constitución" fue pública, se hizo en secreto. Y esta
publicación, "Cuadernos para el diálogo", gracias a Pedro Altares,
filtró algo que ni siquiera sabían los propios diputados.
En España no hay Constitución, porque como dice el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la revolución francesa, no hay separación de los poderes. Y sin eso, no hay Constitución, y los derechos no pueden ser garantizados.
En España lo que existe es una carta otorgada por un poder pre-constituido. Y al no haber Constitución lo que mantiene en pie el régimen monárquico de partidos es el consenso, es decir, la corrupción.
En España no hay Constitución, porque como dice el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la revolución francesa, no hay separación de los poderes. Y sin eso, no hay Constitución, y los derechos no pueden ser garantizados.
En España lo que existe es una carta otorgada por un poder pre-constituido. Y al no haber Constitución lo que mantiene en pie el régimen monárquico de partidos es el consenso, es decir, la corrupción.
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